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El Mobbing en las administraciones públicas. Cómo prevenirlo y sancionarlo

El mobbing en las administraciomes públicas. Cómo prevenirlo y sancionarloJuan Ignacio Marcos González

La reciente aprobación del Estatuto Básico del Empleo Público -Ley 7/2007- ha supuesto el reconocimiento, para el conjunto del personal al servicio de las AAPP, sean funcionarios sean laborales, o sean estatutarios – personal de los Servicios Públicos de Salud, por ejemplo-, y por vez primera en el ordenamiento jurídico, el derecho a una protección eficaz frente al acoso moral en el trabajo -«mobbing»-. Eso significa que, a partir de la entrada en vigor efectiva de esta trascendental Ley, aquellos trabajadores que, conforme a los estudios más solventes disponibles en el seno de la Unión Europea y de la Organización Internacional del Trabajo, tienen un mayor riesgo de sufrir esta grave lesión de sus derechos fundamentales, en especial de la integridad personal y de la salud contarán con un abanico de instrumentos específicos para reclamar la tutela, preventiva y reparadora, frente al acoso moral en el trabajo, cualquiera que sea su modalidad.
Sin embargo, el Estatuto Básico ni define lo que entiende por «acoso moral» y «o laboral», ni detalla los mecanismos a través de los cuales se operará esta tutela específica. Por eso, esta obra, que es fruto de la experiencia y el trabajo de un conjunto de especialistas en la materia, es pionera en analizar los problemas aplicativos que suscita esta novedosa regulación. A tal fin se aporta un conjunto completo y coherente de respuestas para todos y cada uno de los interrogantes generados por esta norma legal. Al mismo tiempo, se ofrece un detenido estudio de las decisiones de los Tribunales Contencioso-Administrativos en esta materia.

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