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Posicionamiento de la Red de Investigadores en Factores Psicosociales en el Trabajo, A.C., Relativo a la desaparición de la Secretaría del Trabajo y Fomento al Empleo de la Ciudad de México

En días recientes la Jefa de Gobierno electa de la Ciudad de México, anunció que desaparecerá la Secretaría del Trabajo y Fomento al Empleo y se integrará a la Secretaría de Desarrollo Económico y Trabajo, como una Subsecretaría. Cuyo titular José Luis Beato González es Ingeniero, con estudios de postgrado en la Universidad Panamericana y ex-directivo de la Coparmex durante 20 años, a la cual dirigió en la Ciudad de México.

Esta propuesta de modificación del estatus de la Secretaría a subsecretaría desvirtúa la esencia de los derechos humanos laborales y la obligación del Estado de vigilar la aplicación del marco jurídico en la materia, al subordinar a la autoridad laboral locala una dependencia que tiene entre sus objetivos: “Establecer, conducir y coordinar los mecanismos de apoyo al sector empresarial, incluyendo el respaldo financiero,…….., según esta establecido en la Ley Orgánica de la Administración Pública de la Ciudad de México, en su artículo 25, fracción IX.

Tal modificación parece un mensaje implícito a los empresarios; “arriba de los derechos de las personas trabajadoras está el desarrollo económico de las empresarial”, porque el desarrollo económico de la población trabajadora no es el objetivo principal de tal instancia gubernamental. Una analogía que ilustra esta propuesta es “es como meter en una misma caja al gato y al ratón”.

Por otro lado, reduce la jerarquía de una dependencia tan importante para la justicia social, como es la autoridad laboral, porque la Secretaría del Trabajo y Fomento al Empleo es en esencia eso, la autoridad laboral de la Ciudad de México. Es decir no se trata de una mas de las secretarias de la administración pública de la ciudad, tiene obligaciones y competencias establecidas en la Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos en su artículo 123, fracción XXXI que a la letra dice “La aplicación de las leyes del trabajo corresponde a las autoridades de las entidades federativas, en sus respectivas jurisdicciones……..”. Disposición que correlativamente se establece en la propia Ley Orgánica de la Administración Pública de la Ciudad de México vigente, que en su artículo 23 Ter, fracción II, que dice: corresponde a esta Secretaría vigilar la observancia y aplicación de la Ley Federal del Trabajo, sus reglamentos y las disposiciones de ellos derivadas.

 

Nos parece que no se justifica, que, con el objetivo reducir el ejercicio presupuestal y hacer eficaz al gobierno de la ciudad, se tomen decisiones que afectarán los derechos laborales de las trabajadoras y trabajadores de nuestra Ciudad, restarle importancia y jerarquía institucional a la autoridad laboral, no es propio de un gobierno que llega al poder con el respaldo de la población trabajadora.

En el contexto actual en donde prevalece el empleo precario e informal, es de la mayor importancia que un gobierno progresista garantice los derechos humanos laborales, con una dependencia autónoma y con el nivel y los recursos que se necesitan para cumplir sus obligaciones sociales y legales.

Varias voces autorizadas en la materia de derecho laboral, se han pronunciado en contra de esta propuesta de la Jefa de Gobierno electa de la Ciudad de México y no se conoce hasta el momento de una respuesta que de visos de reconsiderar su postura.

Esperamos que la Asamblea Legislativa de la Ciudad de México, ejerza la división de poderes y no apruebe esta propuesta, ya que para que se concrete es necesaria la reforma a la Ley Orgánica de la Administración Pública de la Ciudad de México.

Por la Mesa Directiva

MSO Luis Manuel Pérez H. Pantoja

Dra. Mireya Zamora Macorra

Mtra. Flora Salas Cisneros

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